Documentos internacionales
Swiss Addendum
Anexo aplicable cuando el tratamiento se encuadra en el ámbito de la Ley Federal suiza de Protección de Datos (nLPD/revLPD).
1. Ámbito
El presente anexo complementa el Acuerdo de tratamiento de datos (DPA) cuando el cliente tiene sede en Suiza o cuando el tratamiento se encuadra en el ámbito de la nLPD. En caso de conflicto, para los tratamientos sujetos a la nLPD prevalece el presente anexo.
2. Adaptaciones terminológicas
- Las referencias al RGPD se entienden extendidas a la nLPD cuando sea aplicable
- «Responsable del tratamiento» corresponde a «responsable» conforme a la nLPD
- «Encargado del tratamiento» corresponde a «encargado» conforme a la nLPD
- La protección se extiende también a los datos de personas jurídicas, cuando proceda
- La autoridad de control competente es el IFPDT (Encargado Federal de Protección de Datos y Transparencia)
3. Transferencias internacionales
Las transferencias a países sin legislación adecuada se realizan sobre la base de las Cláusulas Contractuales Tipo reconocidas por el IFPDT, con las modificaciones suizas necesarias, y con medidas adicionales cuando se requiera.
4. Seguridad y notificación de violaciones
Las violaciones de seguridad de datos con alto riesgo para la personalidad o los derechos fundamentales de los interesados se comunican al cliente sin dilación indebida, para permitirle notificarlas al IFPDT.
5. Derechos de los interesados
Asistimos al cliente en la atención de las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y portabilidad de datos previstas por la nLPD, dentro de los plazos legales.
6. Contacto
Para solicitudes relacionadas con este anexo: info@agent-ondemand.com.
